SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍAS PARA EMPRESAS

Debido a la emergencia sanitaria decretada por el Poder Ejecutivo en marzo de 2020, se han impulsado medidas que tienden a dar apoyo a las empresas que se han visto afectadas por la pandemia provocada por el virus COVID-19. Es así que, la Corporación Nacional para el Desarrollo, junto con el Ministerio de Economía y Finanzas, la Agencia Nacional de Desarrollo y CONAFIN AFISA, impulsaron una nueva línea de garantías de créditos para micro, pequeñas y medianas empresas con condiciones más flexibles y económicas. Se le llamó “SiGa Emergencia”.

Antes que se decretara la emergencia sanitaria, ya existía un plan de SiGa para micro, pequeñas y medianas empresas del Uruguay para respaldo de los créditos que solicitaban. Además de otras líneas particulares para productores arroceros o lecheros.

 A continuación, se expone un cuadro comparativo entre el sistema de garantías existente con anterioridad y el nuevo sistema de garantías aplicable en la emergencia sanitaria.

 Requisitos

 SiGaPyMeS:

1) Tener capacidad de pago

2) Estar debidamente formalizadas

3) Tener operaciones vigentes al momento de la solicitud de la garantía (si se está en el sistema financiero)

SiGa Emergencia:

1) Tener capacidad de pago

2) Estar debidamente formalizadas

3) Estar al día con las obligaciones de DGI y BPS

4) Calificación 2B o mejor en Central de Riesgos del BCU en febrero de 2020. Si tiene calificación inferior podrá acceder siempre que se den ciertas condiciones.

Destino del crédito solicitado:

 SiGaPyMeS:

1) Para financiar capital de trabajo

2) Para financiar capital de inversión

 SiGa Emergencia:

1) Para financiar nuevo capital de trabajo

2) Para financiar nuevo capital de inversión

3) Para ser utilizado en reestructurar deudas previas y alargar plazos de pago.

Porcentaje de crédito que garantiza

SiGaPyMeS:

Crédito con plazo máximo 72 meses: cobertura máxima de 70%

SiGa Emergencia:

Nuevo crédito: cobertura máxima de 80%

Reestructuración de deuda previa: cobertura de entre un 70% y 50% del saldo del crédito.

Montos que pueden garantizar

SiGaPyMeS:

Monto de garantía máximo: UI 600.000

Monto de garantía mínimo: UI 32.000

SiGa Emergencia:

Monto de garantía máximo: UI 1.200.000

Monto de garantía mínimo: UI 16.000

Plazos

SiGaPyMeS:

Créditos hasta 72 meses

SiGa Emergencia:

Créditos de 3 a 96 meses

Costos

SiGaPyMeS:

2% tasa efectiva anual sobre el capital remanente que se garantiza (pesos uruguayos y UI) o 2,6% (dólares).

SiGa Emergencia:

0,60% tasa efectiva anual sobre monto garantizado (pesos uruguayos y UI) o 0,80% (dólares)

Vigencia:

SiGaPyMeS: Permanente

SiGa Emergencia: Hasta el 31 de diciembre de 2020

Se puede ver que el SiGa Emergencias respalda créditos mayores, con un mayor plazo, para utilizarlo para reestructuración de deudas previas, y con una comisión más baja.

 Por otro lado, mediante la Ley No. 19.895 del 21 de agosto de 2020, se habilitó al Fondo de Garantía, cuyo destino está previsto para garantizar créditos para financiar a micro, pequeñas y medianas empresas constituidas en el país, a garantizar los créditos de todas las empresas constituidas en el país. Por lo que, se adicionan las grandes empresas para acceder a este beneficio.

Es así que, el Decreto No. 257/020 del 18 de setiembre de 2020, reglamentó ciertos aspectos para que las grandes empresas accedieran al Sistema Nacional de Garantías de Empresas.

El mismo establece que, se entiende por “Grandes Empresas”, aquellas cuyo nivel de facturación anual, excluido el IVA, supere el equivalente a UI 75.000.000.

Entre las condiciones que se deben cumplir para poder ser beneficiarios de esta nueva línea de garantías, se menciona que:

1. Deben demostrar capacidad de pago

2. Deben estar al día con sus obligaciones en BPS y DGI

Adicionalmente, el Reglamento Operativo del Fondo de Garantía establecerá los criterios de aceptación en función de la categoría de riesgo crediticio en que esté calificada la empresa, de acuerdo a la normativa del B.C.U.

Se prevé que el mencionado Reglamento Operativo pueda establecer topes de cobertura diferenciales según la categoría de riesgo crediticio en que esté clasificada la empresa de acuerdo a la normativa del B.C.U.

Se dispone que la vigencia de la línea de garantías para grandes empresas será hasta un año luego del cese de la declaración de emergencia nacional sanitaria como consecuencia de la pandemia originada por el virus COVID-19, dispuesta por el Decreto No. 93/020.

Hasta el momento no se han acordado las condiciones de la línea de garantías para las grandes empresas. Sólo se han fijado las condiciones mínimas para poder acceder al sistema.

De acuerdo a lo comunicado por el Sistema Nacional de Garantías, se pretenderá crear otra línea de garantías, distinta a las ya existentes para PyMEs y “Emergencia”, donde se establezcan otros porcentajes de cobertura, costos de comisión, y demás condiciones, que por el momento no se han definido. Será una nueva línea de garantías denominada “SiGa Plus”.

Por último, comentar cómo se tiene que hacer para acceder a la línea de garantías de empresas: cuando la empresa va a solicitar un crédito a las instituciones adheridas, la institución realiza el análisis del crédito, y cuando lo aprueba comienza el trámite para la garantía SiGa para PyMEs o de Emergencia en forma automática a través del sistema.

La empresa no debe efectuar ningún tipo de trámite para obtener la garantía, sino que es la institución adherida.

¿Cuáles son las Instituciones adheridas?

1. Instituciones Financieras: Banco República, Banco Bandes, Banco BBVA, Banco Itaú, Banque Heritage, Banco HSBC, Banco Scotiabank, Banco Santander, FUCAC y FUCEREP.

2. Instituciones de Microfinanzas: CINTEPA, COMAYC, COOPACE, FEDU, IPRU, PROLECO y República Microfinanzas.

Fuente: www.siga.com.uy

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