Exoneración de pagos contribuyentes del IVA mínimo (Literal E)

De acuerdo con el Decreto 224/220, que rige a partir de Setiembre y con vigencia para el período con meses de cargo Julio a diciembre de 2020, los contribuyentes del IVA Mínimo (Literal E) pagan su cuota únicamente en los meses en que hayan tenido ingresos.  

Quienes no tuvieron ingresos, pero realizaron el pago en el período mencionado, pueden solicitar cambio de imputación para su uso en los siguientes meses donde si corresponda la obligación a pagar. 

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