DGI Informa – Aplicación formulario 1102 – Versión 13 – Año 2021

Finance. Accounting documents on the table

DGI informa – Aplicación Formulario 1102 – Versión 13 – Año 2021 – Contribuyentes por Rentas de la Categoría II Ejercicio 2021

IMPORTANTE:

VERSIÓN ÚNICAMENTE DISPONIBLE PARA CONTRIBUYENTES QUE DEBAN DECLARAR CON RUC. La versión de este formulario para declarar con CI o NIE estará disponible a partir del mes de Junio 2022.

Presentarán este formulario los contribuyentes del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas que obtienen exclusivamente rentas de trabajo, tanto por trabajo dependiente como independiente.

Se recuerda que una vez realizada la Declaración como Persona Física esta es “definitiva” para el año que se liquida, no pudiendo modificarse dicha opción para liquidar como Núcleo Familiar (NF).

No se debe incluir en esta declaración las pasividades que haya percibido el contribuyente durante el período Enero – Diciembre 2021.

Vale recordar que NO están obligados a presentar esta declaración jurada los siguientes contribuyentes:

* Trabajadores dependientes que en el período “Enero – Diciembre” 2021 NO hayan superado los $774.120 nominales (150.000 UI anuales a valores de fecha de cierre de ejercicio) y cumplan simultáneamente que:

– los ingresos provengan de un único empleador o de más de una institución empleadora (en este último caso, si los ingresos fueron simultáneos además se debe haber presentado el formulario 3100 indicando la No Aplicación del Mínimo No Imponible en caso de corresponder)

– que no optaron por la reducción del 5% en los anticipos por el régimen de Núcleo Familiar.

* Trabajadores dependientes que en el período “Enero – Diciembre” 2021 SI hayan superaron los $774.120 nominales (150.000 UI anuales a valores de fecha de cierre de ejercicio) y cumplan simultáneamente que:

– los ingresos provengan de un único empleador

– que incluya los ingresos por el mes de Diciembre de 2021

– que no optaron por la reducción del 5% en los anticipos por el régimen de Núcleo Familiar.

* Trabajadores que presten servicios personales fuera de la relación de dependencia que no hayan tenido ingresos durante el período “Enero – Diciembre” 2021.

* Trabajadores que hayan optado por liquidar como NF.

Compartí la noticia