CUANDO SE PAGA LA PRIMA POR PRESENTISMO DE DICIEMBRE 2020 PARA EL SECTOR DOMÉSTICO.

El convenio colectivo del sector doméstico de abril de 2013, dispuso que se debe pagar una prima por presentismo para este sector y la fecha para hacerlo es a la misma vez que el aguinaldo: es decir, a mediados de junio y diciembre. ¿Cuándo corresponde pagar esta prima? Cuando el o la trabajadora haya tenido asistencia perfecta en el período en el que se computa el aguinaldo. Las siguientes faltas no se cuentan en la asistencia perfecta: Enfermedad con certificación médica del BPS o BSE, ejercicio del derecho a huelga decretada por el Pit-Cnt, licencia anual y licencia especial (estudio, duelo, matrimonio, entre otras). ¿Cómo se calcula la prima por presentismo? De acuerdo al BPS es la cuarta parte del medio aguinaldo “considerando todos los rubros salariales que se incluyen a los efectos del cálculo del aguinaldo”. Esta prima es de carácter salarial y, por ende, está gravada de aportes de seguridad social y de IRPF (si corresponde).

El consejo de salarios del servicio doméstico establece el pago de una prima por presentismo, la cual se abonará en las mimas oportunidades que el aguinaldo.

Esta prima consiste en el pago del equivalente a ¼ del medio aguinaldo que le corresponde percibir a cada trabajador, condicionado a que en el período que se computara a los efectos del aguinaldo haya tenido una asistencia perfecta.

Las siguientes inasistencias no se contemplarán como tales y por lo tanto no determinarán la pérdida del beneficio:

* Enfermedad certificada por BPS o BSE

* Huelga

* Licencia anual

* Licencias especiales como ser duelo, matrimonio, estudio.

El BPS calculará automáticamente la prima por presentismo y la incluirá en los aportes correspondientes al mes cargo diciembre.

Aquellas empresas cuyos trabajadores no cumplan con la asistencia perfecta deberán informar a BPS la declaración del NO Presentismo entre el 01/12/20 y el 31/12/20

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